Definiciones

Aerosol: Suspensión en el aire o un medio gaseoso, de partículas sólidad o líquidas que tienen una velocidad de caída despreciable (generalemente inferior a 0,25m/s).(Guía para la selección y control de protección respiratoria. ISP)

Áreas limpias: Son aquellas donde no existe contaminación, podemos dividirla en dos sub grupos; áreas donde no existe peligro de contaminación para las personas donde no es necesario utilizar guantes (zonas de trabajo de escritorio) y áreas estéril donde no debe existir contaminación para realizar correctamente los procedimientos (zonas destinadas a la preparación de procedimientos y/o fármacos).

Áreas sucias: Son aquellas donde pudiera existir contaminación, siempre necesario utilizar guantes para manipular tanto equipos como instrumentos que se encuentren en ese lugar (áreas de trabajo, lugares destinados a la limpieza)

Bioseguridad: Principios, técnicas y prácticas de biocontención y biocustodia que se llevan a cabo para evitar la exposición involuntaria a material de riesgo o su liberación accidental. (CWA 16533:2011)

Biocontención: Conjunto de medidas que incluyen la contención biológica, las prácticas, el equipamiento de seguridad y los dispositivos  de seguridad de las instalaciones que protegen a los trabajadores del laboratorio, la población circundante de la exposición al material biológico cuando se almacene o trabaje con él. (CWA 16533:2011)

Biocustodia o bioprotección: Protección control y seguimiento de los materiales biológicos dentro de los laboratorios, para evitar su pérdida robo, uso indebido, desviación, acceso no autorizado o liberación intencional no autorizada. (CWA 16533:2011)

Capacitación: Conjunto de acciones educativas tendientes a advertir la existencia sobre los riesgos inherentes al trabajo u como prevenir los mismos.

Concentración Letal 50 (CL50): concentración de vapor, niebla o polvo que, administrado por inhalación continua durante una hora a un grupo de ratas albinas adultas jóvenes, machos y hembras , causa con la máxima probabilidad, en el plazo de 14 días, la muerte de la mitad de los animales del grupo. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Contaminante en el aire: Sustancia líquida, sólida o gaseosa indeseada y/o perjudicial para la salud presente en el aire. (generalemente inferior a 0,25m/s).(Guía para la selección y control de protección respiratoria. ISP)

Corrosividad: proceso de carácter químico causado por determinadas sustancias que desgastan a los sólidos o que puede producir lesiones más o menos graves a los tejidos vivos. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Disposición final: procedimiento de eliminación mediante el depósito definitivo en el suelo de los residuos peligrosos, con o sin tratamiento previo. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Derrame: Vertido no controlado, producto de un accidente o practica inadecuada, en el almacenamiento, el transporte, el trasvase y durante la realización de un ensayo, el cual puede ocasionar algún tipo de daño a las personas, equipos y establecimientos.

Dosis Letal 50 (DL50) por ingestión: concentración de la sustancia que, administrada por la vía oral a un grupo de ratas albinas adultas jóvenes, machos y hembras, causa con la máxima probabilidad, en el plazo de 14 días, la muerte de la mitad de los animales del grupo. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Dosis Letal 50 (DL50) por absorción cutánea: concentración de la sustancia que, administrada por contacto continuo a un grupo de conejos albinos causa con la máxima probabilidad, en el plazo de 14 días, la muerte de a lo menos la mitad de los animales del grupo. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Inflamabilidad: la capacidad para iniciar la combustión provocada por la elevación local de la temperatura. Este fenómeno se transforma en combustión propiamente tal cuando se alcanza la temperatura de inflamación. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Uso dual: Trabajo, materiales o tecnologías para los que es razonable prever que aportarán conocimientos productos que otras personas podrían utilizar deliberadamente para amenazar la salud pública, la agricultura, las plantas, los animales y el medio ambiente. (CWA 16533:2011)

Mutágeno: Sustancia que induce cualquier alteración hereditaria en el material genético. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Peligro: Capacidad Intrínseca o potencial de producir un daño.

Prevención: Es el conjunto de tareas tendientes a vitar, limitar o mitigar hechos no deseados tales como accidentes o incidentes. 

Residuo o desecho: Sustancia, elemento u objeto que se elimina, se propone eliminar o se está obligado a eliminar. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Residuo peligroso: Residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar alguna de las siguientes características: toxicidad aguda, toxicidad crónica, toxicidad extrínseca, inflamabilidad, reactividad y corrosividad. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Riesgo:Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un evento y la gravedad de las consecuencias que pudiera ocasionar. 

Salud Ocupacional: Es la rama de la salud pública que busca mantener el máximo estado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, protegerlos de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.

Seguridad Ocupacional: Es aquella que se ocupa de las normas, procedimientos y estrategias, destinados a preservar la integridad física de los trabajadores.

Toxicidad: capacidad de una sustancia de ser letal en baja concentración o de producir efectos tóxicos acumulativos, carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)

Teratógeno: agente que, cuando se administra al animal materno antes del nacimiento de la cría, induce anormalidades estructurales permanentes en esta última. (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, decreto 148)